Gobierno: La CIDH no adoptará decisiones sobre la repostulación en la audiencia de diciembre

La serie de audiencias forma parte del 170 Período Ordinario de Sesiones. Entre ellas se encuentra la relativa a la sentencia No 84/17 del TCPm que validó la repostulación indefinida de gobernantes. Está programada para las 14.30 del 5 de diciembre.

Corte Interamericana de Derechos Humanos

 través de un comunicado, la Misión Permanente de Bolivia ante la Organización de Estados Americanos (OEA) confirmó la audiencia que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) fijó para el 5 de diciembre para tratar el tema de la repostulación y aclaró en ese tipo de instancias el organismo no adopta decisiones.

“En este tipo de audiencias, la CIDH no adopta decisiones sobre el tema abordado”, reseña el comunicado fechado este 15 de noviembre.

Las audiencias forman parte del 170 Período Ordinario de Sesiones y la del caso boliviano está programada para las 14.30 del miércoles 5 de diciembre de 2018.

En ella se revisará la sentencia No 84/17 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que validó la repostulación indefinida de los gobernantes bolivianos, entre ellos la del presidente Evo Morales.

El 21 de febrero de 2016 se rechazó esa posibilidad en un referéndum con el 51,3% de los votos, pero el TCP, un año y medio después, en noviembre de 2017, aprobó la repostulación mediante un fallo que desató varias movilizaciones a favor y en contra.

Participarán la Fundación Observatorio de Derechos Humanos y Justicia, la Fundación de los Derechos Humanos y el Estado de Bolivia”, se precisa en el comunicado.

"Ambas fundaciones dispondrán de 15 minutos para su intervención y el Estado de Bolivia también contará con 15 minutos", reseña la nota. Luego se abre un periodo de 30 minutos en el que los comisionados pueden formular preguntas a las partes, "en cuyo caso los participantes tendrán otros 5 minutos".

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la OEA encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano.

El fallo del TCP que habilitó la repostulación se apoya, precisamente, en un articulado de la Convención o Pacto de san José de Costa Rica que emergió del organismo y que garantiza, entre otros, el derecho a elegir y ser elegido.

En octubre de 2017, una comisión de legisladores opositores llegó hasta Washington, sede de la CIDH, para presentar una denuncia contra el Gobierno de Bolivia por este tema.

También pidió medidas cautelares para frenar la aplicación de la sentencia constitucional, sin embargo el relator de la comisión Francisco Eguiguren, en su visita a Bolivia en agosto, sostuvo que se desestimaron las medidas solicitadas por la oposición debido a que era necesario conocer el fondo del asunto. (15/11/2018)

Fuente: La Razón